Humillaciones y maltratos, coacción sexual, violaciones, etc.
La violencia sexual es la forma más oculta en la violencia de pareja, pero es bastante común. Afecta a las víctimas en su esfera más íntima. La mayoría se avergüenza de hablar de ello.
En caso de agresión sexual, a menudo ocurre que la víctima se encuentra en un estado de estupefacción. Este estado de shock paraliza a la víctima tanto a nivel físico (incapacidad de moverse) como a nivel mental (incapacidad de gritar).
· acoso sexual
· obligar a ver material pornográfico
· imponer accesorios, ropa, realización de fantasías
· obligar a posar para fotos o vídeos
· obligar a realizar actos no deseados durante las relaciones sexuales (sodomía, felación, etc.)
· humillar durante las relaciones sexuales (palabras ofensivas, insultos, uso de objetos domésticos, posturas degradantes, etc.)
· agredir físicamente durante las relaciones sexuales (morder los senos, tirar de los pezones, penetrar violentamente, golpear, atar, ...)
· obligar a realizar actos sexuales sea como sea (por la fuerza, con amenazas, haciendo promesas o regalos)
· violar o intentar violar
· obligar a realizar actos sexuales con otras personas
· obligar a prostituirse
En cualquier tipo de relación sexual, cada persona es responsable de asegurarse de que la otra persona está de acuerdo.
El consentimiento es el hecho de dar libremente el propio acuerdo a una acción. Puede darse y retirarse en todo momento. La ausencia de un «no» no dice nada sobre el consentimiento de la pareja. Por lo tanto, es importante asegurarse de que la persona está de acuerdo, por ejemplo, haciendo la pregunta directamente.
Hay ausencia de consentimiento cuando una persona cede:
· por presión
· por amenazas
· debido a una relación de dependencia
En caso de agresión sexual, se recomienda a la víctima acudir inmediatamente a un hospital de su región, sin lavarse y llevando consigo o en una bolsa de papel la ropa que llevaba puesta durante la agresión. En el hospital, la víctima recibirá la atención necesaria para prevenir la transmisión del VIH y otras infecciones de transmisión sexual. Para evitar contraer el VIH, es importante que la víctima de violencia acuda a un hospital en un plazo de 48 horas para que el tratamiento sea eficaz. También podrá recibir un método anticonceptivo de emergencia para evitar un embarazo no deseado, así como un acompañamiento a nivel físico y psicológico.
En urgencias, la víctima tiene dos opciones. La primera posibilidad consiste en una atención exclusivamente médica. En este caso, recibe cuidados médicos y tratamiento para sus heridas sin recopilar pruebas para una posible acción judicial posterior. En cambio, la segunda opción incluye el certificado médico-legal. Además de la atención médica, también incluye un examen exhaustivo para documentar las heridas y las pruebas que podrían utilizarse en una investigación o un juicio, tanto si la víctima decide presentar una denuncia como si no.
El examen de reconocimiento médico por agresión sexual se realiza de forma confidencial y con el apoyo y profesionalismo de personas especializadas. Cada gesto o etapa del procedimiento se realiza con el consentimiento de la víctima. Esta, puede decidir interrumpir o suspender la atención en cualquier momento. El certificado de agresión sexual lo realiza una persona especializada en medicina legal en un plazo de 7 días a partir de la agresión. Pasados los 7 días, el certificado se realiza sin la presencia de la persona especialista en medicina legal. El informe de agresión sexual puede ser reembolsado por el seguro médico o cubierto por la LAVI (Ley federal de ayuda a las víctimas de infracción) .
La atención a una agresión sexual es urgente. Sin embargo, si la persona que ha sido víctima no ha consultado a un médico de urgencia, siempre podrá hacerlo cuando se sienta preparada. Los centros de salud sexual también están a disposición para responder a tus preguntas. Para encontrar una dirección cerca de dónde vives: el directorio está aquí.
A partir del 1 de julio de 2024, la ley ha cambiado en el ámbito de la violencia sexual.
Ahora, la ley define como violación cualquier acto sexual que implique la penetración del cuerpo de una persona, obtenida contra su voluntad, mediante amenaza, violencia o aprovechándose de su estado de estupefacción (art. 190 CP). La ley también reconoce que cualquier acto sexual impuesto a una persona contra su voluntad, mediante amenaza, violencia o aprovechándose de su estado de estupefacción, constituye una agresión o coacción sexual (art. 189).
El nuevo derecho penal también introduce disposiciones contra comportamientos como el stealthing, que consiste en quitarse el preservativo o evitar usarlo sin el consentimiento de la pareja. Del mismo modo, el revenge porn, es decir, la difusión a terceros de contenidos de carácter sexual sin el consentimiento de la persona implicada, a partir de ahora se considera un delito punible previa denuncia (art. 197a CP).
Gracias a esta evolución legislativa, se ha integrado el principio de «¡No significa no!». Esto significa que la ley ya no se limita a considerar la violencia y la fuerza para reconocer y sancionar una agresión sexual o una violación. También reconoce la negativa de la víctima, su disconformidad y la posibilidad de que esté demasiado impactada para reaccionar y defenderse. Además, la nueva ley se refiere a la penetración del cuerpo de cualquier persona, independientemente del sexo de las personas implicadas. Este cambio permite que cualquier persona pueda ser reconocida como víctima de violación.